De acuerdo con el artículo 13.1 de la ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, todas las entidades que integran el sector público están obligadas a disponer de un Sistema interno de información en los términos previstos en esa ley en el que las personas empleadas públicas y cualquier otra persona que trabaje para o bajo la supervisión y dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores puedan comunicar infracciones de forma segura y confidencial.
Puede informarse de cualquiera de las siguientes acciones u omisiones:
a. las que puedan constituir infracciones del derecho de la Unión Europea siempre que se trate de actos enumerados en la Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre; afecten a los intereses financieros de la Unión Europea o incidan en el mercado interior, incluyendo las infracciones en materia de competencia y ayudas.
b. las que puedan constituir infracciones penales o infracciones administrativas graves o muy graves incluyendo las que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública o para la Seguridad Social.
Las denuncias serán supervisadas por el Responsable del Sistema, e investigadas, cuando así proceda, por dicho responsable bajo el protocolo establecido y aprobado por el Patronato de Fibico el 1 de diciembre de 2023.
Las personas que comuniquen infracciones a través de este Sistema interno de información no podrán ser objeto de represalias o amenazas de represalias y tendrán derecho a acceder a las medidas de protección que se recogen en el Título VII de la ley.
Tiene varias alternativas para presentar su denuncia: