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Donaciones

Detalles

Beneficios fiscales


Personas físicas (IRPF)

Por la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, las aportaciones realizadas al Instituto Maimónides de Investigación Biomédica de Córdoba se podrán desgravar sobre el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF).

  • 80% por los primeros 150 € donados.
  • 35% a partir de esos 150 €, pudiendo aumentar este último porcentaje hasta el 40% si hubiera donado durante al menos 3 años un importe superior a 150 euros a la misma entidad, siempre con el límite del 10% de su base imponible.

Personas jurídicas (IS)

La desgravación se efectuará sobre el impuesto de sociedades (IS), y podría desgravarse un 35% de su donación, pudiendo aumentar este último porcentaje hasta el 40% si hubiera donado durante los 3 años anteriores a la misma entidad, siempre con el límite del 10% de su base liquidable.

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Los datos proporcionados serán tratados conforme a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Con su consecuente comunicación a las administraciones públicas pertinentes.


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Para cualquier duda pongase en contacto con nosotros mediante el correo colabora@imibic.org.